El Ministerio de Transportes y Movilidad Urbana ante la consulta de si es posible viajar más de dos personas en una furgoneta o furgón con una única fila de asientos por empresas instaladoras. Ha informado a través de su buzón de consultas, que (respuesta literal):
_“Entendemos que el tipo de transporte que está realizando,al tratarse de empresas instaladoras y utilizar “furgonetas o furgones”, puede ser calificado como transporte privado complementario de mercancías de conformidad con lo previsto en el artículo 63 y 102 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres._
_En este sentido, resulta de aplicación lo dispuesto en el apartado primero de la Orden TMA/264/2020, de 20 de marzo, por la que se modifica la Orden TMA/259/2020, de 19 de marzo, por la que se dictan instrucciones sobre transporte por carretera, que establece que “1. En los transportes de mercancías por carretera estará permitido que vayan dos personas en la cabina del vehículo, cuando sea necesario por razón del tipo de transporte a realizar”._
_Sin perjuicio que, en todo caso, tendrán que observarse las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad tendentes a evitar el contagio del COVID-19._
_Por tanto,de conformidad con la normativa comentada anteriormente, es posible que puedan ir dos personas en la cabina del vehículo”_

Agradecer al seguimiento de los más de 650 participantes de toda España, con 210 asistentes presenciales y 457 IP únicas en streaming.

Esta nueva plataforma ofrece un lugar accesible desde el que dar a conocer sus principales actividades. Además la vez que permitirá potenciar el alcance de la asociación.

El pasado viernes 22 de septiembre, Xabier Zubiaur , director general de Itelazpi, recibió en Zamudio a los representantes del Colegio Oficial de Ingeniería de Telecomunicaciones del País Vasco, y a las Asociaciones Territoriales de Instaladoras…